Podemos empezar diciendo que hay dos tipos de significados en lo que se refiere a la palabra "Derecho": "DERECHO" con mayúsculas y "derecho" con minúsculas. La primera es un conjunto de normas; la segunda, sin embargo, es el poder que tenemos para exigir algo. Las personas tenemos unos derechos y unas obligaciones que puede ejercitarlos. Una cosa que he aprendido estos días es que en el derecho "no puedes irte de rositas", es decir, si haces algo de lo que más tarde puedes arrepentirte, nada ni nadie va a poder sacarte las castañas del fuego.
Hay dos tipos de derecho: el público(cuando actúa una administración pública) y el privado(funciona con dinero privado y regula las relaciones de las personas entre ellas. También, podría decirse que el núcleo del derecho civil es el código civil.
Otra cosa que he aprendido esta semana bastante importante son las fuentes de Derecho, en las que se encuentran las leyes y las costumbres. Definimos "ley" a la norma escrita con cargo de ley, es decir, que tiene rango superior ya que ha sido aprobada en el parlamento. Hay varios tipos de leyes, como por ejemplo: Ley de arrendamiento urbano, Ley de Patentes, Ley de Propiedad intelectual, Ley de Propiedad horizontal, etc. Las costumbres pueden ser jurídicas(de obligado cumplimiento) y religiosas, culturales. Una ley entra en vigor pasando por el siguiente proceso: principalmente debe ser aprobada por El Congreso; después, se necesita la promulgación, es decir, tiene que estar firmada por el rey, y por último, tiene que publicarse en un plazo aproximadamente de unos 20 días, en cualquier periódico informativo. Un ejemplo sería el BOE. El tiempo que tarda desde que se publica hasta que entra en vigor se le conoce como "vacatio legis".
Las leyes no son retroactivas a no ser que lo quieran ser. La retroactividad es la ley regula situaciones en el pasado, es decir, situaciones anteriores a su entrada en vigor. Esta se va a aplicar cuando su disposición sancionadora sea favorable. La irretroactividad, en cambio, es el principio general. Para interpretar las leyes se utiliza el término "jurisprudencia". Es la sentencia de todos los tribunales. Dos o más sentencias favorables hacen jurisprudencia.
Por último, está el Derecho Civil Autonómico. Ciertas Comunidades Autónomas tienen derechos forales, por lo que hay un pequeño Código Civil o Ley Foral propia. Esta ley fue modificada el 25 de junio de este año.
Por último, está el Derecho Civil Autonómico. Ciertas Comunidades Autónomas tienen derechos forales, por lo que hay un pequeño Código Civil o Ley Foral propia. Esta ley fue modificada el 25 de junio de este año.
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